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CONVOCATORIA PERMANENTE Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 251 fracción XXIV de la Ley del Seguro Social vigente, el artículo 82, fracciones I y IV del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social vigente, el Manual de Organización de la Dirección de Prestaciones Médicas (2000-002-001, vigente) y la Norma que establece las Disposiciones para la Investigación en Salud en el Instituto Mexicano del Seguro Social (2000-001-009, vigente), la Dirección de Prestaciones Médicas, a través de la Unidad de Educación, Investigación y Políticas de Salud y de la Coordinación de Investigación en Salud, convoca al personal de salud de base y de confianza del Instituto Mexicano del Seguro Social, que desarrolla investigación en salud, a solicitar la evaluación de su curriculum vitae de investigador.
Las disposiciones, requisitos y criterios para la evaluación se describen en el Procedimiento para la Evaluación Curricular de los Investigadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (clave 2810-003-003, vigente) con acceso a través de http://www.cis.gob.mx/index.php/normatividad Bases Generales - Sólo se evaluarán las solicitudes que correspondan al área de la salud, tanto del personal institucional que lo solicite como de los aspirantes propuestos por un Director de Centro de Investigación o Jefe de Unidad de Investigación como candidatos a una posible contratación.
- Si la solicitud no cumple con el Procedimiento para la Evaluación Curricular de los Investigadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (clave 2810-003-003, vigente), la solicitud no será aceptada para su evaluación.
- El solicitante que obtenga una calificación curricular de Investigador Asociado o Titular, no será necesariamente sujeto de contratación institucional como investigador de tiempo completo.
- El profesional de la salud que por sus actividades de investigación sea calificado como Candidato a Investigador no será considerado investigador institucional ni será sujeto a contratación institucional como investigador de tiempo completo.
- La evaluación de las solicitudes será efectuada por el Comité de Evaluación Curricular de Investigadores en Salud de acuerdo con las políticas de la Dirección de Prestaciones Médicas, a través de la Coordinación de Investigación en Salud, con apego al Procedimiento para la Evaluación Curricular de los Investigadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (clave 2810-003-003, vigente).
- Los integrantes del Comité de Evaluación Curricular de Investigadores en Salud, serán designados por la Coordinación de Investigación en Salud, entre los Investigadores Titulares del Instituto que no estén ocupando puestos administrativos y no podrán participar en las reuniones en las cuales se evalúen sus solicitudes.
- Los investigadores que ya hayan sido evaluados podrán solicitar una nueva evaluación curricular, cuando haya transcurrido al menos un año desde su última evaluación.
- El solicitante que no esté conforme con el resultado de su evaluación curricular podrá solicitar su revisión al Coordinador de Investigación en Salud, quién turnará la solicitud al Comité de Evaluación Curricular de Investigadores en Salud para que después de analizar el expediente ratifique o rectifique el resultado.
En alcance a la actualización del Procedimiento para la Evaluación Curricular de los Investigadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (2810-003-003) de fecha 28 de octubre de 2010, con acuerdo de la Unidad de Educación, Investigación y Políticas de Salud, la vigencia de las calificaciones que a esa fecha continuaban vigentes se determinará de acuerdo con las políticas 3.10 y 3.11 del mismo Procedimiento, con respecto a su fecha de emisión: 3.10 Los investigadores con calificación curricular con categoría de Investigador Asociado serán considerados como investigadores institucionales vigentes durante cuatro años a partir de la fecha de emisión de su informe de evaluación curricular. 3.11 Los investigadores con calificación curricular con categoría de Investigador Titular serán considerados como investigadores institucionales vigentes durante cinco años a partir de la fecha de emisión de su informe de evaluación curricular. |